Cualquier denuncia hecha contra un funcionario ante el Comité de Ética dará origen a la expedición de un pliego de cargos. Las partes aportarán las pruebas correspondientes para evaluación del Comité de Ética.
Evaluado el pliego de cargos el Comité de Ética absolverá o impondrá sanciones que irán desde la simple amonestación hasta la desvinculación del inculpado como miembro de la asociación.
El Comité de Ética pondrá en conocimiento de las autoridades competentes la comisión de hechos punibles a efecto de que se hagan las investigaciones y se abran los procesos a que haya lugar de acuerdo con las leyes aplicables en cada caso.